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Seguros Obligatorio de Accidentes Personales SOAP

¿Qué es el Seguro Obligatorio de Accidentes Personales?

La ley N°18.490 exige que todo vehículo motorizado, que requiera de permiso de circulación, debe tener Seguro Obligatorio de Accidentes Personales para transitar por las vías públicas del territorio nacional.

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¿Qué cubre el Seguro Obligatorio de Accidentes Personales?

El Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (Ley N° 18.490), cubre los riesgos de muerte y lesiones corporales que sufran las personas como consecuencia de accidentes de tránsito en que intervenga el vehículo asegurado. Este seguro protege al conductor del vehículo, a las personas que están siendo transportadas en él y cualquier tercero lesionado por el vehículo asegurado (por ejemplo peatones y ciclistas).

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¿Cuáles son los beneficios del Seguro Obligatorio de Accidentes Personales?
  • 300 UF en caso de Muerte o Incapacidad Permanente Total.
     
  • Hasta 200 UF en caso de Incapacidad Permanente Parcial.
     
  • Hasta 300 UF por concepto de Gastos Médicos (atención médica ambulatoria, de rehabilitación, gastos dentales, de hospitalización, atención médico-quirúrgica y farmacéutica.)

Importante:

- El reembolso por gastos de hospitalización no podrá exceder de UF 3 por cada día/cama.

- El reembolso por gastos farmacéuticos no podrá exceder al precio promedio habitual del mercado.Las demás prestaciones de salud no podrán exceder el valor FONASA a nivel 3 de la modalidad de libre elección (MLE), salvo las intervenciones quirúrgicas y prótesis de los grupos 11 al 21 y 23, que serán reembolsadas según el arancel anterior multiplicado por el factor señalado en la póliza (desde 1.2 a 4 veces), así como las prestaciones por atención dental, que se reembolsarán al valor promedio habitual en el mercado.

- Las indemnizaciones establecidas en los números 2.1, 2.2 y 2.3 no son acumulables entre sí.

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¿Qué hacer en caso de accidente?

Estampe una denuncia en cualquier unidad de Carabineros identificando correctamente a cada uno de los lesionados o fallecidos. Los interesados deberán solicitar a Carabineros un certificado en original firmado por el jefe de la unidad o destacamento. En éste quedarán establecidos los datos del accidente y de los lesionados, de acuerdo al parte policial, incluyendo los siguientes detalles para cada uno de los vehículos motorizados involucrados en el accidente:

  • Fecha.
     
  • Hora y lugar del accidente.
     
  • Nombre de cada uno de los lesionados.
     
  • Patente.
     
  • Número de póliza de seguro obligatorio.
     
  • Nombre de la compañía que emitió el seguro.

    * Si hay más de un vehículo involucrado el parte debe indicar en qué vehículo iba cada lesionado.
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¿Cómo puede hacer efectivo este seguro?

Llenando el formulario "Denuncio de Siniestros Seguro Obligatorio de Accidentes Personales", en cualquier oficina de Consorcio Seguros Generales a lo largo del país y adjuntando a éste el certificado de Carabineros respectivo.

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¿Qué necesita para solicitar el pago de las indemnizaciones?

Acérquese a cualquiera de nuestras oficinas y presente los siguientes antecedentes:

  • Certificado de Carabineros.
     
  • Se entrega gratuitamente cuando es solicitado por el afectado o quien corresponda.
     
  • En caso de lesiones: deberá presentar los comprobantes originales (boletas, facturas, etc.) de los gastos por atención médica, farmacéuticos u otros a que hayan debido someterse los afectados como consecuencia de las lesiones sufridas. Además, se deben adjuntar las solicitudes de exámenes y recetas de medicamentos indicadas por el médico tratante.
     
  • En caso de muerte: deberá presentar los certificados de defunción y nacimiento y la libreta de familia para acreditar la calidad de beneficiario del seguro.
     
  • En caso de incapacidad: deberá presentar un certificado otorgado por el médico tratante que acredite la naturaleza y grado de la incapacidad.


Importante: Es recomendable que los beneficiarios se acerquen directamente a Consorcio Seguros Generales con el fin de optimizar el trámite. Este es un beneficio que le otorga la ley, sin costo para usted y no requiere de otros intermediarios.

Recuerde que una vez que usted cuente con los documentos antes mencionados, el trámite de cobro es muy sencillo. Si usted se encuentra en un lugar alejado de las oficinas de Consorcio, envíe la documentación por carta certificada a la sucursal más cercana.

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¿Cuándo puede cobrar el seguro?

Una vez que se cuente con la documentación antes señalada el beneficiario, o un tercero que lo represente, deberá acercase a cualquier oficina de Consorcio. Después de determinar su responsabilidad como compañía aseguradora, Consorcio Seguros Generales cancelará la indemnización correspondiente dentro de los diez días hábiles siguientes.

Las acciones para perseguir el pago de las indemnizaciones provenientes de esta póliza prescribirán en el plazo de un año contado desde la fecha en que ocurrió el accidente o a partir de la muerte de la víctima, siempre que aquella haya sucedido dentro del año siguiente al mismo accidente.

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