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¿Se puede apelar a la resolución de la compañía?
Cuando la Compañía resuelve un siniestro, ya sea con un reembolso, indemnización o comunicando el rechazo a través de un Informe de Liquidación, el Asegurado o Beneficiario podrá Impugnarlo: apelar u oponerse a esta resolución.
La impugnación es por escrito y dentro de un plazo de 10 días, adjuntando los argumentos y documentos que estime pertinente. Ésta podrá ser entregada en la sucursal más cercana, a través de su ejecutivo o contactándonos en nuestro sitio web.
Recibida dicha Impugnación, Consorcio dará respuesta escrita dentro de los 6 primeros días luego de recibida y será despachada por la vía que el cliente haya seleccionado (correo Electrónico o Correo Certificado) al momento de ingresar su siniestro.