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Todo ciudadano chileno que se encuentre en el extranjero sea residente o como turista, tiene derecho a recibir asistencia y protección de los Consulados de Chile.
Cuando se está en el extranjero y se tiene algún tipo de dificultad con las autoridades locales o con particulares, puede asistir al Consulado Chileno para recibir consejo e información útil sobre la administración local, abogados y, en algunos casos. intervenir a fin de llegar a un acuerdo amistoso.
Procedimiento
- En caso de que la persona sufra un accidente grave, el Consulado puede notificar a su familia y considerar las medidas de urgencia que deban tomarse: hospitalización o repatriación.
- En caso de enfermedad, el Consulado puede poner a la persona en contacto con un médico autorizado para dar este servicio y poner a su disposición una lista de doctores especializados.
- En todos los casos, los honorarios corren por cuenta del nacional afectado, por lo que son muy importantes las previsiones tomadas con anterioridad. En el caso de ser turista, antes de viajar puede tomar un Seguro en alguna Compañía o a través de la Isapre.
Pérdida o hurto de documentos
En caso de pérdida, hurto o robo del pasaporte o de la Cédula de Identidad, las autoridades consulares podrán hacerle entrega luego de efectuar las averiguaciones correspondientes, de su pasaporte o de un salvoconducto, para permitirle regresar a Chile. Este trámite se facilita si la persona viaja con una fotocopia legible de su Cédula de Identidad.
Procedimiento
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Declarar la pérdida o robo de su documento de identificación ante las autoridades locales y obtener una constancia de dicha declaración.
- La entrega de un salvoconducto o de un pasaporte está sujeta a los valores que establece el arancel consular de Chile.
La persona deberá devolver el salvoconducto a las autoridades chilenas en la frontera, a su llegada a Chile.
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