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1.- Constancia Policial
En caso de un accidente con daños al vehículo asegurado o a terceros, el asegurado o conductor deberá dejar constancia inmediata de los hechos en la unidad policial más cercana, salvo en caso de imposibilidad física debidamente justificada, y tomar las providencias del caso para el debido resguardo del vehículo y sus accesorios.
2.- Aviso a Compañía de Seguros
Procedimiento
El aviso del siniestro a la entidad aseguradora deberá realizarlo el asegurado o conductor por escrito, a más tardar dentro de los 10 días siguientes a la fecha del accidente.
Documentación requerida:
Al momento de denunciar el siniestro, se debe presentar la siguiente documentación:
- Formulario de Denuncio de Siniestro llenado y firmado por el asegurado o el conductor, con un relato preciso de las circunstancias y el lugar exacto de ocurrencia del accidente.
Licencia o permiso provisorio de conducir del conductor, según corresponda.
- Identificación del tercero implicado (si lo hay). Especialmente importante es entregar datos como nombre, dirección, teléfono, Compañía de Seguros si la tuviere.
- Constancia en Carabineros.
- Parte policial si hubo lesionados.
- En caso de existir proceso en un Juzgado, debe indicarse el Juzgado y número de proceso.
- En caso de citación al tribunal, notificar inmediatamente a la Compañía dicha situación.
Si el vehículo resultara evaluado como pérdida total, se requerirán de parte del asegurado los siguientes documentos:
- Documentación completa del vehículo (padrón, certificado de revisión técnica u homologación, certificado de emisión de gases, póliza de seguro obligatorio, permiso de circulación y llaves del vehículo).
- Semitransferencia del vehículo firmada ante notario.
Declaración y Mandato para Venta de Restos.
Alzamiento de prenda, si correspondiere.
3.- Daños a terceros
- Es importante hacer presente que, para que opere la cobertura de responsabilidad civil, el asegurado no debe asumir responsabilidades con el tercero afectado ni efectuar transacciones o acuerdos de ningún tipo sin el conocimiento y consentimiento de la compañía de seguros.
- La compañía podrá optar por reparar el vehículo o propiedad del tercero, o indemnizar en dinero, previa inspección y evaluación de los daños sufridos por el tercero inocente.
Recomendaciones
- Para cualquier información relacionada con trámites de siniestros, contáctese con el liquidador asignado para estos efectos.
- Proporcione la mayor cantidad posible de antecedentes sobre tercero(s) involucrado(s), especialmente si éste tuviere Compañía de Seguros, para evitar trámites innecesarios.
- Mantenga un archivo con toda la documentación del siniestro.
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