Beneficio Tributario
¿Qué más debes saber del Beneficio tributario 57Bis?
¿Qué es?
Es un mecanismo para incentivar el ahorro a mediano y largo plazo de las personas y consiste en un crédito o rebaja de los impuestos que se deben pagar anualmente, equivalente al 15% del "saldo de ahorro neto positivo", según lo indicado en el Artículo 57 Bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
¿A quién está dirigido?
Estos beneficios están dirigidos a personas naturales que tributan según el Impuesto Único de 2da. Categoría y/o Impuesto Global Complementario.
¿Puedo retirar dinero?
Tienes la posibilidad de retirar, a partir del 5° año, hasta 10 unidades tributarias anuales libres de impuesto, si cumples con los requisitos establecidos en el Artículo 57 Bis.
¿Cuál es el monto máximo de inversión anual?
La inversión anual que se puede acoger al beneficio tributario está limitada al menor valor entre 30% de tu renta imponible anual y 65 unidades tributarias anuales.
Conoce Tutorial instructivo de tributación