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Home > Rentas Vitalicias > Identifica tipos y modalidades de pensión

Identifica tipos y modalidades de pensión

Pensión Normal Pensión Anticipada Pensión de Sobrevivencia Pensión de Invalidez
a a a a
Renta Mensual Fija a a a a
Renta pactada en UF
  • Renta mensual se expresa en UF, por lo que su valor real se mantiene invariable.
a a a a
Requisitos y edad mínima Mujeres: 60 años Hombres: 65 años
  • Para acceder a esta alternativa de Renta Vitalicia, debes cumplir con el requisito de tener la edad mínima exigida por la ley (60 años las mujeres y 65 los hombres). No es necesario que interrumpas tu actividad laboral, para optar a este tipo de pensión.
A cualquier edad, cumpliendo los requisitos establecidos por la ley. A cualquier edad, cumpliendo los requisitos establecidos por la ley. A cualquier edad, cumpliendo los requisitos establecidos por la ley.
Financiamiento Capital Afiliado + Bono de Reconocimiento + APV
  • 1.- El capital que el afiliado lleva ahorrado en su AFP (saldo de la cuenta de capitalización individual).
    2.- El Bono de Reconocimiento liquidado.
    3.-Aportes de capital provenientes de su cuenta de ahorro voluntario en la AFP y de Ahorro Previsional Voluntario (APV), si corresponde.
Capital Afiliado + Bono de Reconocimiento + APV
  • 1.- El capital que el afiliado lleva ahorrado en su AFP (saldo de la cuenta de capitalización individual).
    2.- El Bono de Reconocimiento.
    3.-Aportes de capital provenientes de su cuenta de ahorro voluntario en la AFP y de Ahorro Previsional Voluntario (APV), si corresponde.
Capital Afiliado + Bono de Reconocimiento + APV
  • 1.-El capital que el afiliado lleva ahorrado en su AFP (saldo de la cuenta de capitalización individual).
    2.- Bono de Reconocimiento liquidado (de existir).
    3.- El Aporte Adicional que realiza la Compañía de Seguros a la cuenta individual del afiliado, que tiene contratada la AFP para el pago del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia. 4.-Aportes de capital provenientes de su cuenta de ahorro voluntario en la AFP y de Ahorro Previsional Voluntario (APV), si corresponde.
Capital Afiliado + Bono de Reconocimiento + APV
  • 1.-El capital que el afiliado lleva ahorrado en su AFP (saldo de la cuenta de capitalización individual).
    2.- Bono de Reconocimiento liquidado (de existir).
    3.- El Aporte Adicional que realiza la Compañía de Seguros a la cuenta individual del afiliado, que tiene contratada la AFP para el pago del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia. 4.-Aportes de capital provenientes de su cuenta de ahorro voluntario en la AFP y de Ahorro Previsional Voluntario (APV), si corresponde.
Beneficiarios de pensión Tu familia
(cónyuge e hijos)
  • Los beneficiarios legales de pensión pueden ser:
    - Cónyuge.
    - Hijos (hasta 18 años o entre 18 y 24 años que sean solteros y estudiantes)
    -Madre o padre de hijos de filiación no matrimonial del afiliado
    -A falta de los anteriores, padres causantes de asignación familiar
Tu familia
(cónyuge e hijos)
  • Los beneficiarios legales de pensión pueden ser:
    - Cónyuge.
    - Hijos (hasta 18 años o entre 18 y 24 años que sean solteros y estudiantes)
    -Madre o padre de hijos de filiación no matrimonial del afiliado
    -A falta de los anteriores, padres causantes de asignación familiar
Tu familia
(cónyuge e hijos)
  • Los beneficiarios legales de pensión pueden ser:
    - Cónyuge.
    - Hijos (hasta 18 años o entre 18 y 24 años que sean solteros y estudiantes)
    -Madre o padre de hijos de filiación no matrimonial del afiliado
    -A falta de los anteriores, padres causantes de asignación familiar
Tu familia
(cónyuge e hijos)
  • Los beneficiarios legales de pensión pueden ser:
    - Cónyuge.
    - Hijos (hasta 18 años o entre 18 y 24 años que sean solteros y estudiantes)
    -Madre o padre de hijos de filiación no matrimonial del afiliado
    -A falta de los anteriores, padres causantes de asignación familiar
A partir de cuándo puedes recibir la pensión Inmediata / Diferido
  • Inmediata: Comienzas a recibir tu renta vitalicia a partir del momento en que los fondos son traspasados desde tu AFP a Consorcio.
    Diferida: Comienzas a recibir tu renta vitalicia después de transcurrido el período de tiempo que definiste al suscribir el contrato.
Inmediata / Diferido
  • Inmediata: Comienzas a recibir tu renta vitalicia a partir del momento en que los fondos son traspasados desde tu AFP a Consorcio.
    Diferida: Comienzas a recibir tu renta vitalicia después de transcurrido el período de tiempo que definiste al suscribir el contrato.
Inmediata
  • Inmediata: Comienzas a recibir tu renta vitalicia a partir del momento en que los fondos son traspasados desde tu AFP a Consorcio.
Inmediata / Diferido
  • Inmediata: Comienzas a recibir tu renta vitalicia a partir del momento en que los fondos son traspasados desde tu AFP a Consorcio.
    Diferida: Comienzas a recibir tu renta vitalicia después de transcurrido el período de tiempo que definiste al suscribir el contrato.
Garantía de Pago Simple / Garantizada
  • Simple: Tus beneficiarios con derecho a pensión continuarán recibiendo una renta fija en UF, de acuerdo a los porcentajes establecidos por ley.
    Garantizada: Consorcio asegura a tus beneficiarios la misma pensión mensual que recibías, durante un período definido al momento de la suscripción del contrato
Simple / Garantizada
  • Simple: Tus beneficiarios con derecho a pensión continuarán recibiendo una renta fija en UF, de acuerdo a los porcentajes establecidos por ley.
    Garantizada: Consorcio asegura a tus beneficiarios la misma pensión mensual que recibías, durante un período definido al momento de la suscripción del contrato
Simple / Garantizada
  • Simple: Tus beneficiarios con derecho a pensión continuarán recibiendo una renta fija en UF, de acuerdo a los porcentajes establecidos por ley.
    Garantizada: Consorcio asegura a tus beneficiarios la misma pensión mensual que recibías, durante un período definido al momento de la suscripción del contrato
Simple / Garantizada
  • Simple: Tus beneficiarios con derecho a pensión continuarán recibiendo una renta fija en UF, de acuerdo a los porcentajes establecidos por ley.
    Garantizada: Consorcio asegura a tus beneficiarios la misma pensión mensual que recibías, durante un período definido al momento de la suscripción del contrato

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